VETERANOS
DE AYER
“COMPENSACIONES DE GUERRA”
Por
Javier B. Dal
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Tal como lo
explica la ley y los expertos en los temas legales, cuando existe un choque de
derechos se debe tender a una articulación, a un entendimiento inteligente que
trate de resolver el problema jurídico que se presenta por el camino más
equitativo. Algunas cuestiones pueden llegar a ser dificultosas, otras
completamente inexplicables, pero otras simplemente son irreconciliables, sin
que ello obste a darles una solución apoyada en algún principio de la lógica.
El
tema de los veteranos de guerra argentinos es una de esas situaciones. En la
historia de su país, las situaciones de sus combatientes en todas las guerras
pasadas, han sido más tarde o más temprano contempladas por legislaciones aisladas
que terminaron por darles un poco de justicia a quienes tras cruentas batallas
por su independencia o tras la llamada guerra de la Triple Alianza perdieron algún
miembro, su salud o simplemente sus vidas.
En
resumen, como estado la Argentina nunca sanciono una legislación unificada y
coherente para que lograra atender a los casos que en el futuro pudieran
presentarse. Esta abulia legislativa ha sido sin dudas una muestra más de la
recortada y timorata visión de políticos corto placistas y totalmente
desinteresados de los temas de la políticas de estado de la nación, engañándose
con la imperdonable candidez que
reflejan expresiones como “nosotros no somos un país beligerante”, “Argentina
es un país pacífico” y otras tantas sandeces que solo esconden el miedo al
compromiso que representa manejar los altos asuntos de estado.
Igualmente
y pese a ello, los derechos de estos hombres ya estaban garantizados en una
dispersa pero presente legislación receptada en tratados y convenciones
internacionales.
Todo
este comentario viene a cuenta de la aún irresuelta situación de los veteranos
de guerra argentinos que estuvieron en el Golfo Pérsico en 1991 y que según
hemos venido viendo, parece haber una pequeña luz al final del túnel. Todavía
al día de hoy cuando hago comentarios sobre esto muchos se miran extrañados y
dicen ¿acaso estuvimos en una guerra en el Medio Oriente? O como también muchos
otros respondían “ah no, esos fueron cascos azules de la ONU”, revelando en la
mayoría de los casos, la clara ignorancia de lo que realmente ocurrió en aquel
entonces.
Más
allá de que los testimonios de algunos de estos efectivos en algún momento han trascendido al conocimiento público, como
el caso del suboficial Guillermo Cormik jefe de propulsión de la corbeta Spiro,
lamentablemente ello no había ido más allá que eso (Diario Publicable.
“1990-Argentina en la guerra del Golfo”. http://www.diariopublicable.com/democracia/1415-1990---argentina-en-la-guerra-del-golfo.html )
Al
parecer algunas cosas han cambiado y algunos se están ocupando seriamente de la
tratativa sobre la participación de esta misión argentina en uno de los
momentos más calientes de finales del siglo XX (Derecho y Justicia. “Son operativos los
derechos del veterano del Golfo Pérsico?” http://derechoyjustcia.blogspot.es/ )
Precisamente
por las indagaciones que ha estado
llevándose por este caso, se han encontrado datos muy interesantes que revelan
que no solo existían esos derechos desde el mismo momento que los buques de la
misión “ALFIL 1” fueron enviados al Teatro de Operaciones sino que –y peor
aún- se les oculto deliberadamente el acceso de esos mismos para favorecer indebidamente
a altos funcionarios gubernamentales de aquella época.
De
esta manera nos comentaba uno de los investigadores legales que se avocan al
tema, que en la misma legislación de Personal Militar 19.101 y su
reglamentación, se hallan contemplados los derechos que les corresponden a
quienes bajo estado militar han desarrollado actividades en conflictos armados,
sean ellos bajo misiones de paz de Naciones Unidas como los llevados a cabo en
coaliciones internacionales como la que tuvo lugar en 1991.
En
pocas palabras nos dejaron en claro, que en ese tipo de acciones nadie y menos
aún un estado, pone en movimiento sus fuerzas armadas –y ello implica a sus
hombres- sin haber tomado en cuenta los costes operativos y los
consiguientes rubros que deberán reconocer a sus efectivos a su regreso. Este
punto de vista surge aún mucho más patente en la guerra del Golfo Pérsico, en
la cual los más de 500 marinos argentinos no participaron en una guerra por la
defensa nacional como si fue la de Malvinas en 1982, sino que estuvieron
durante más de tres meses dentro de una zona de guerra internacional.
Incluso
esto ha puesto en un blanco sobre negro que ha llevado a comparar situaciones
que pese a su irregularidad y en apariencias no conectadas entre sí –si las
comparamos con la misión argentina de 1991-, ello no ha obstado a que a
ciertos sujetos de la misma nacionalidad –pero bajo otras lealtades- se
les reconozcan sin dilaciones y sin discusiones, los más elementales derechos
que surgen precisamente, de sus intervenciones en el mismo escenario bélico.
El
caso que más sorprende y que se vincula con “argentinos” es el de los más de cincuenta
ciudadanos de esa nacionalidad que tras haber emigrado a los EEUU se enlistaron
en las FFAA logrando por una orden ejecutiva del presidente George W. Bush adquirir la ciudadanía para terminar
combatiendo en Iraq en 2003. Claramente hay una notable diferencia entre estos “instantáneos
US marines” con los marinos argentinos que participaron en la primera etapa de
la guerra del Golfo en 1991, pero sin dudas de que ello remarca una amarga
discriminación que no se puede dejar de mencionar.
Cuando
estos más de cincuenta argentinos bajo la bandera estadounidense participaron
en la invasión y posterior ocupación del país árabe en 2003, su situación –y
por supuesto haciendo una valoración subjetiva- podía asimilarse a la de
los detestables pero siempre presentes “mercenarios” o también llamados
“soldados de fortuna”, que por dinero sirven al mejor postor. Estos elementos,
que actúan bajo contratos con empresas de reclutadores locales que a su vez
dependen de corporaciones como la estadounidense “Constelattion” y “BlackWater”,
tienen a su vez reconocidos sus derechos en la legislación internacional.
Esta
detestable comparación viene a cuento de que, pese a las consecuencias que
estos combatientes causaron en dicho conflicto y todas sus consecuencias, a su
regreso fueron reconocidos como veteranos e inmediatamente ingresados al
programa de beneficios que el Pentágono tiene para quienes han cumplido con su
servicio de armas en un conflicto armado, recibiendo la cobertura y el pago de
una pensión (Benefits.gov. Pensión de veteranos. https://www.benefits.gov/es/benefits/benefit-details/284 )
Si
lo vemos desde un ángulo práctico, estos cuarenta tipos no se equivocaron ya
que sirvieron a un estado que –y más allá de las complicaciones por las afecciones por radiación y químicos que
aún son negados por el gobierno- cumplió con sus más básicos derechos, algo
que de haberlo hecho en Argentina, habrían tenido que lidiar con las
acostumbradas maniobras político administrativas de los gobiernos de
turno que los hubiera obligado a un incasable peregrinar en una larga lucha de
papeles y frustraciones.
O
que podemos decir de los mercenarios argentinos que combaten bajo contrato
privado en Yemen y también en Iraq. Son varios los argentinos que trabajan para
la empresa de seguridad “BLACKWATER” –que tiene nexos con el Pentágono- y
que según algunas fuentes, ya hay bajas por meterse en este peligroso negocio
(HispanTv. “Mueren un comandante mexicano y un combatiente argentino de
Blackwater en Yemen”. http://www.hispantv.com/noticias/yemen/78429/yemen-ansarola-comandante-blackwater-taiz )
El
caso del mercenario argentino Roberto .M, es ilustrativo de ello. Contratado
por BlackWater en 2005, fue asignado con varios peruanos a proteger la legación
norteamericana en Basora, al sur de Iraq donde tras un ataque con morteros,
perdió su ojo derecho y le quedo para el resto de su vida una esquirla alojada
en su espalda. Según él, la empresa lo retiro y le pago el tratamiento médico y
su compensación en dólares por los servicios prestados.
A la
vista de todo esto y tal como lo señalan las fuentes consultadas, la vías para
reclamar el reconocimiento de la condición de veteranos de los marinos
argentinos que actuaron en 1991 en la “Tormenta del Desierto”, siempre
estuvieron ahí e incluso hoy con las modificaciones a algunos decretos
reglamentarios, el camino aunque allanado, no estará exento de contratiempos y
la necesaria actuación judicial por la resistencia del estado.
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